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 Jurisprudencia

TS, Sala Primera, de lo Civil, 71/2019, de 5 de febrero. Recurso 757/2016

Ponente: ANTONIO SALAS CARCELLER
SP/SENT/988853
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 La cláusula que establece que los daños eléctricos, consecuencia de la caída de un rayo en el huerto solar, quedan limitados a una cantidad específica, es delimitadora de la cobertura máxima para un determinado riesgo cubierto
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ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO.- 1.- La representación procesal de la mercantil Pobes Solar S.L., interpuso demanda de juicio ordinario contra Plus Ultra, Seguros Generales y Vida S.A., alegando los hechos y fundamentos de derecho que consideró de aplicación, terminó suplicando al Juzgado se dictara:
"...resolución por la que condene a la aseguradora demandada a abonar a mi representada la cantidad de 40.076,10 €; en concepto de principal, más los intereses del artículo 20 L.C.S . desde la fecha del siniestro, conforme se detalla en el fundamento de derecho sustantivo V, y en todo caso los intereses del artículo 576 L.E.C ., con expresa imposición de costas a la parte demandada."
1.-2.- Admitida a trámite la demanda, la representación procesal de la demandada contestó a la misma, oponiendo a las pretensiones deducidas de adverso los hechos y fundamentos de derecho que tuvo por conveniente para concluir solicitando que dicte:
"...Sentencia DESESTIMANDO ÍNTEGRAMENTE LA DEMANDA y las pretensiones de la parte actora, absolviendo a mi mandante de las pretensiones formuladas, en atención a lo expuesto, y asimismo condenándose a la parte actora a las costas de este juicio..."
1.-3.- Previos los trámites procesales correspondientes y práctica de la prueba propuesta por las partes y admitidas, el Ilmo. Sr. Magistrado-Juez del Juzgado de Primera Instancia n.º 7 de Vitoria-Gasteiz, dictó sentenci
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