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 Doctrina y Consultas

SP/DOCT/104330

Opinión. Julio 2022

Requisitos del arrendatario de vivienda para acreditar la situación de vulnerabilidad económica. Real Decreto-Ley 11/2020, de 31 de marzo

Begoña Costas de Vicente. Directora de Sepín Arrendamientos Urbanos. Abogada
RESUMEN

El Real Decreto-ley 11/2020, de 31 de marzo, por el que se adoptan medidas urgentes complementarias en el ámbito social y económico para hacer frente al COVID-19, con entrada en vigor el 2 de abril de 2020, regula el aplazamiento excepcional en el pago de la renta, no obstante, para optar a estas medidas exige muchos requisitos "concurrentes" a tener en cuenta, que deben darse en la figura del arrendatario, en cuanto a la definición de vulnerabilidad, líímites de ingresos de la unidad familiar y el importe de la renta.

Royal Decree-Law 11/2020, of 31 March, which adopts additional urgent measures in the social and economic sphere to deal with COVID-19, and which comes into force on 2 April 2020, regulates the exceptional deferment of rent payments. However, in order to qualify for these measures, many "concurrent" requirements must be taken into account, which must be given to the figure of the tenant, with regard to the definition of vulnerability, limits on the income of the family unit and the amount of the rent.

PALABRAS CLAVE

ayudas alquiler COVID-19, arrendamientos urbanos

rental aid COVID-19, urban leases

Gestión Documental
Ante la situación difícil y compleja motivada por la crisis sanitaria del COVID-19, que afectó al ámbito social y económico, el Gobierno, tras la primera declaración del estado de alarma, aprobó el Real Decreto-ley 11/2020, de 31 de marzo, por el que se adoptaban medidas urgentes complementarias en el ámbito social y económico para hacer frente al COVID-19, regulando en el Capítulo I, Sección 1ª, las medidas para apoyar a "las familias y a los colectivos más vulnerables", que veían afectados sus ingresos por la paralización de la actividad económica. Y sorprendentemente, dicho texto legal resultaba aplicable únicamente a las viviendas habituales, olvidándose entonces de los locales de negocio o arrendamientos de uso distinto al de vivienda, cuya regulación fue aprobada más tarde.
Nos centraremos en el estudio de las medidas aprobadas para las viviendas, en nuestra opinión, no tan fáciles de cumplir al exigir unos requisitos concurrentes que deben darse en la figura del arrendatario, en cuanto a la definición de vulnerabilidad, y tener que considerar dos condiciones, los límites de ingresos de la unidad familiar y el importe de la renta.
Se define en el art. 5 del RDL 11/2020, de 31 de marzo, la situación de vulnerabilidad económica a efectos de obtener moratorias o ayudas en relación con la renta arrendaticia de la vivienda habitual, y q
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