Doctrina y Consultas
Opinión. Abril 2021
Apoderamiento apud acta por medios telemáticos
Kristina Nikolaeva Georgieva Redactor jurídico
RESUMEN
La Ley 42/2015, de 5 de octubre, introdujo una nueva modalidad de apoderamiento, el electrónico, mediante la reforma del art. 24 LEC y al incluir el artículo 32 bis en la Ley 18/2011, de 5 de julio, reguladora del uso de las tecnologías de la información y la comunicación en la Administración de Justicia. Esta nueva modalidad de otorgar el apoderamiento electrónico a través de la declaración responsable, supone un avance importante de la Administración electrónica como concreción del derecho de los ciudadanos a relacionarse con todas las Administraciones de manera electrónica y, especialmente con la Administración de Justicia evitando, en la situación que estamos, el acceso de los ciudadanos a las sedes judiciales.
PALABRAS CLAVE
Apoderamiento, electrónico, declaración responsable, sedes judiciales