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 Doctrina y Consultas

SP/DOCT/111921

Opinión. Junio 2021

La firma de la hoja de visitas ¿Qué obligaciones implica para el comprador de una vivienda?

Félix López-Dávila Agüeros. Director de Sepín Derecho Inmobiliario
RESUMEN

La denominada hoja o parte de visita, es el documento que se firma cuando se ha visitado una vivienda a través de una agencia inmobiliaria y que tiene como principal objetivo, el que quede constancia de ese hecho, a los efectos de una posterior reclamación de honorarios frente al propietario con el que se realizó el encargo de venta, en el caso de que finalmente se produzca la compraventa con ese potencial comprador. Ahora bien, ¿la rúbrica de ese documento puede generar alguna obligación para el comprador frente a la agencia intermediaria?

The so-called visit sheet or visit report is the document that is signed when a property has been visited through a real estate agency and whose main purpose is to record this fact, for the purposes of a subsequent claim for fees against the owner with whom the sale order was made, in the event that the sale finally takes place with the potential buyer. However, can the signing of this document give rise to any obligation on the part of the buyer vis-à-vis the intermediary agency? Translated with www.DeepL.com/Translator (free version)

PALABRAS CLAVE

intermediación inmobiliaria, hoja de visitas, compraventa, vivienda

real estate brokerage, visit sheet, buying and selling, housing

Gestión Documental
Cuando un potencial comprador de una vivienda conoce la misma a través de una agencia inmobiliaria, es norma habitual que se firme la denominada hoja de visita, que en principio, tiene como finalidad que, en el caso de que la compraventa se lleve a cabo con esa persona presentada por el agente, este pueda acreditar este hecho ante el propietario con el que se ha firmado el encargo de venta, así como la realización de sus funciones derivadas de la intermediación, a efectos del cobro de sus honorarios.
Ahora bien, con frecuencia, en dicho documento, se incluye una cláusula en la que se establece que en caso de que esa persona adquiera la vivienda, deberá abonar una comisión al intermediario, aún cuando este haya recibido el encargo de venta por parte del propietario de la vivienda o también la cláusula que establece que, en el caso de que el comprador adquiera la vivienda sin la intervención del mediador, este tiene derecho a la comisión o a una indemnización por daños y perjuicios, siendo la cuestión a determinar, la vinculación que supone para el potencial comprador la firma de la hoja de visita.
Así, nos encontramos con una primera y mayoritaria postura jurisprudencial que considera que, el simple hecho de firmar el parte de visitas, no implica que nos encontremos ante un contrato de gestión de compra entre el agente y el comprador del que nazcan obligaciones para ambos y mucho menos que en base a ese documento, se pueda solicitar el pago de
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