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 Doctrina y Consultas

SP/DOCT/116536

Notas y Comentarios. Febrero 2022

Nuevo Acuerdo del Tribunal Supremo sobre el Recurso de Casación Contencioso-Administrativo

Julián López Martínez Director de Sepín Administrativo. Abogado
RESUMEN

La Sala Tercera del Tribunal Supremo celebró una sesión plenaria no jurisdiccional el día 3 de noviembre de 2021 en la que unificó criterios respecto a cuestiones controvertidas relativas a la tramitación del recuso de casación contencioso-administrativo.

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Un nuevo Acuerdo del Pleno No Jurisdiccional de la Sala Tercera del Tribunal Supremo al que hemos tenido acceso desde la Editorial Jurídica SEPÍN, fechado el pasado 3 de noviembre de 2021, unifica criterios sobre algunas cuestiones conflictivas respecto al sistema de casación contencioso-administrativa que entró en vigor en julio del año 2016.
Resumidamente, estas son las cuestiones sobre las que se unifica postura, remitiendo al lector a la consulta íntegra del Acuerdo:
I. Rehabilitación del Plazo del art. 128 LJCA:
El artículo 128 admite la rehabilitación de los plazos (posibilidad de presentar el escrito correspondiente el mismo día en el que se declare caducado el trámite) excepto para los supuestos de plazos para "preparar o interponer recursos".
Pues bien, en consecuencia, el Acuerdo considera que la interposición del recurso de casación no puede acogerse a la posibilidad de presentarlo dentro del día en que se notifique la resolución que declare la caducidad del trámite.
II. Contenido y trascendencia del pronunciamiento de la Sección Primera de la Sala en el auto de admisión:
El Acuerdo concluye que la identificación que haga el citado auto de admisión del de la cuestión o cuestiones que presentan interés casacional objetivo, no excluye las demás anunciadas en la preparación
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