CARGANDO...

 Doctrina y Consultas

SP/DOCT/118889

Artículo Monográfico. Marzo 2022

Propuestas sobre la legitimación de los menores de edad para instar la rectificación de la mención registral sobre el sexo

Aránzazu Bartolomé Tutor. Doctora en Derecho
RESUMEN

Este artículo presenta un análisis comparativo del Anteproyecto de Ley de los Ministerios de Presidencia, Relaciones con las Cortes y Memoria Democrática; Justicia; e Igualdad, y de las Proposiciones de Ley presentadas por distintos Grupos parlamentarios en la Cámara Baja y que responde a la declaración por parte del Tribunal Constitucional de inconstitucionalidad del art. 1 de la Ley 3/2007, de 15 de marzo, reguladora de la rectificación registral de la mención relativa al sexo de las personas.

This article presents a comparative analysis of the Draft Bill of the Ministries of the Presidency, Relations with Parliament and Democratic Memory; Justice; and Equality, and of the Bills presented by different parliamentary groups in the Lower House, which responds to the declaration by the Constitutional Court of the unconstitutionality of art. 1 of Law 3/2007, of 15 March, regulating the registry rectification of the mention of a person's sex.

PALABRAS CLAVE

legitimación, derechos de la personalidad, derecho a la identidad, capacidad progresiva de obrar, madurez, edad, responsables parentales, representantes legales, rectificación registral sobre el sexo

legitimation, personality rights, right to identity, progressive capacity to act, maturity, age, parental responsibility, legal representatives, rectification of sex in the registry

Gestión Documental
1.- Introducción
Con fecha de 18 de julio de 2019 el Tribunal Constitucional (SP/SENT/1014957) declaró la inconstitucionalidad del art. 1 de la Ley 3/2007, de 15 de marzo, reguladora de la rectificación registral de la mención relativa al sexo de las personas, en cuanto a la falta de legitimación de los menores de edad con suficiente madurez y en situación estable de transexualidad para poder instar por sí mismos la rectificación de la mención registral sobre el sexo Nota . Todo lo anterior al entender que se vulneraban el derecho a la integridad física y psicológica (art. 15 CE), el derecho a la intimidad y a la propia imagen (art. 18.1 CE) y derecho a la tutela a la salud (art. 43.1) en relación con los valores constitucionales de la dignidad y del libre desarrollo de la personalidad (art. 10 CE).
Ello ha aparejado que los Ministerios de Presidencia, Relaciones con las Cortes y Memoria Democrática; Jus
También puedes adquirir este documento o suscribirte para acceder a todos los contenidos