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 Doctrina y Consultas

SP/DOCT/119065

Artículo Monográfico. Abril 2022

La contratación indefinida y la contratación fija discontinua tras la entrada en vigor de la Reforma Laboral

Fernando Sicre Gilabert. Doctor en Derecho y Doctor en Ciencias Económicas. Inspector de Trabajo y Seguridad Social
RESUMEN

Análisis de la nueva contratación indefinida y de trabajadores fijos discontinuos con motivo del RD-Ley 32/2021, de 28 de diciembre, de medidas urgentes para la reforma laboral, la garantía de la estabilidad en el empleo y la transformación del mercado de trabajo.

PALABRAS CLAVE

Contrato indefinido, contrato de trabajo fijo discontinuo

Gestión Documental
1. Introducción.
La reforma operada por RD-Ley 32/2021, 28 de diciembre, ha venido a trastocar el principio sobre el que asentaba el modelo de relaciones labores español, en lo concerniente a la contratación. El artículo 15 ET dice que, el contrato de trabajo se presume concertado por tiempo indefinido. A diferencia de la anterior redacción que rezaba así, el contrato de trabajo podrá concertarse por tiempo indefinido o por una duración determinada. Parecía indicar que asumía en igualdad de condiciones, la contratación indefinida y la temporal. Esa aparente neutralidad legal en orden a ambos tipos de contratación, se rompía cuando la norma limita las posibilidades de la contratación temporal, a los supuestos que de manera expresa enuncia (la contratación temporal en los casos de obra o servicio determinados, circunstancias de la producción e interinaje).
El recurso a la contratación temporal injustificada ha sido una práctica muy arraigada en nuestras relaciones laborales y generalizada por sectores, que genera ineficiencia e inestabilidad económica, además de una precariedad social inaceptable. La reforma que supone el RD-Ley 32/2021, arranca con las medidas y objetivos establecidos en el Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia, dentro del Componente 23, relativo a las "Nuevas políticas públicas para un mercado de trabajo dinámico, resiliente e inclusivo", se incluyen diferentes reformas para modernizar el mercado de trabajo. En lo concerniente a la contratación
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