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 Doctrina y Consultas

SP/DOCT/119847

Opinión. Septiembre 2022

Reforma de la sanción penal de la reiteración del delito leve de hurto

Roberto Guimerá Ferrer-Sama. Director de Sepín Penal. Abogado
RESUMEN

El 29 de julio de 2022 se publicó en el BOE una reforma del Código Penal referida a la sanción penal en caso de reincidencia en los delitos leves de hurto (art. 234.2), que entró en vigor el 29 de agosto de ese año. En el presente artículo se abordan brevemente los antecedentes y contenido de esa reforma

On 29 July 2022, a reform of the Criminal Code was published in the Official State Gazette (BOE) referring to the criminal sanction in the case of recidivism in minor theft offences (art. 234.2), which came into force on 29 August of that year. This article briefly discusses the background and content of this reform.

PALABRAS CLAVE

Hurto, delito leve de hurto, reiteración, reincidencia, multirreincidencia

Theft, petty theft, repeat offences, multiple offences

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I. Introducción
A punto de tomarnos las esperadas vacaciones y cuando ya pensábamos que la actividad legislativa nos daba un respiro hasta septiembre, el Boletín Oficial del Estado publicaba "in extremis", el viernes 29 de julio, una nueva Ley Orgánica, la número 9/2022, de 28 de julio (SP/LEG/38026), relevante desde el punto de vista penal, pues como asunto principal recoge una serie de reglas, como indica su propio título, a fin de facilitar el uso de información financiera y de otro tipo para la prevención, detección, investigación o enjuiciamiento de infracciones penales.
Pero el análisis de esas reglas no constituye el objeto de esas líneas. El propio título de la Ley Orgánica también recoge que la misma a la vez viene a modificar la Ley Orgánica de Financiación de las Comunidades Autónomas "y otras disposiciones conexas" … y el Código Penal. Esta última reforma es sobre la que aquí queremos poner un breve énfasis.
A pesar de aquel objeto de la nueva Ley Orgánica, la reforma que se efectúa de nuestro texto punitivo no tiene que ver con el mismo, lo cual a estas alturas no es muy de extrañar pues forma parte de la actual técnica legislativa, que aprovecha la publicación de una norma para colar casi a escondidas —por la vía de sus disposiciones adicionales o finales—, otras reformas legislativas que nada tienen que ver con la norma principal. Al menos en este caso, el título de la nueva Ley Orgánica ya anuncia que la misma contiene una "
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