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 Doctrina y Consultas

SP/DOCT/120471

Opinión. Noviembre 2022

Actualización de las Tablas de Lucro Cesante, de las de ayuda de tercera persona y las de ayuda para la tramitación de siniestros del “Baremo de Tráfico”

Marta López Valverde. Directora de Sepín Tráfico
RESUMEN

Se actualizan la bases técnicas actuariales del Baremo de Tráfico, y en consecuencia las tablas de lucro cesante, de ayuda de tercera persona y las tablas técnicas, recogido en el anexo del texto refundido de la Ley sobre responsabilidad civil y seguro en la circulación de vehículos a motor, aprobado por el Real Decreto Legislativo 8/2004, de 29 de octubre.

PALABRAS CLAVE

Tablas, Baremo, Lucro cesante, Ayuda de tercera persona, bases actuariales

Gestión Documental
Se publicó en el BOE de 6 de octubre de 2022 la Orden ETD/949/2022, de 29 de septiembre, por la que se actualizan las bases técnicas actuariales, siendo posteriormente ratificadas por el Real Decreto 907/2022, de 25 de octubre, por el que se modifican las cuantías de determinadas tablas del sistema para la valoración de los daños y perjuicios causados a las personas en accidentes de circulación contenidas en el anexo del texto refundido de la Ley sobre responsabilidad civil y seguro en la circulación de vehículos a motor, aprobado por el Real Decreto Legislativo 8/2004, de 29 de octubre, y por el que se modifica el Real Decreto 1060/2015, de 20 de noviembre, de ordenación, supervisión y solvencia de las entidades aseguradoras y reaseguradoras, para la actualización de importes en euros en relación con el régimen especial de solvencia.
Mediante estas normas se produce la actualización de las tablas de lucro cesante, de ayuda de tercera persona y las tablas técnicas, lo que conlleva su aplicación a los accidentes ocurridos a partir del 29 de octubre de 2022 y a los lesionados de accidentes anteriores cuyas secuelas se hayan estabilizado a partir de esa fecha.
Según el preámbulo de la orden el objeto es la actualización de las bases técnicas actuariales, permitiendo llevar a cabo la reparación íntegra y vertebrada del daño de acuerdo con el art. 33 de dicho texto refundido, y se realiza conforme a las bases técnicas actuariales, de acuerdo con lo
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