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 Doctrina y Consultas

SP/DOCT/82034

Encuesta Jurídica. Marzo 2019

Ante una sentencia dictada por un TSJ, ¿cabe recurso de casación autonómico? En caso afirmativo, ¿también si se trata de un TSJ con una única Sala y Sección?

Coordinador: Julián López Martínez. Director Técnico de Sepín Administrativo. Abogado
Gestión Documental
Sí, incluso cuando se trate de un TSJ con Sala y Sección única
Fernández-Corredor Sánchez-Diezma, Javier
Director del Servicio de Personal y Oficina Judicial del Consejo General del Poder Judicial. Magistrado
La respuesta a la primera de las incógnitas sometidas a nuestra consideración ha de ser rotundamente afirmativa. Carecería de todo fundamento limitar el recurso de casación autonómico al interpuesto contra sentencias y autos dictados por los Juzgados de lo Contencioso-Administrativo, máxime cuando estos órganos jurisdiccionales por mor de su ámbito competencial conocen de recursos contra actos dictados por las Corporaciones Locales, siendo así que los Tribunales Superiores de Justicia son los que de una manera abrumadora resuelven los recursos contencioso-administrativos aplicando la normativa autonómica del territorio donde se ubican.
Negar la posibilidad de tal impugnación en atención a la parquedad normativa que rige esta modalidad casacional, supondría en definitiva, no solo limitar la tutela judicial efectiva cuando de aplicación del Derecho Autonómico se trata, sino privar a los TSJ de una de las principales funciones que no solo la LOPJ y las normas procesales le encomienda, sino que es la propia Constitución la que se encarga de recordarnos en su artículo 152.1, que dichos órganos colegiados culminará la organización judicial en el ámbito territorial de la Comunidad Autónoma, debiendo ser los supremos intérpretes de la normativa autonómica, actividad hermenéutica que queda "extra muros" del Tribunal Supremo.
Es por ello que comparta en su integridad lo razonado en él, a mi juicio, magnifico Auto de la Sala de lo Contencioso-Admi
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