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SP/DOCT/83314

Preguntas y Respuestas. Septiembre 2019

15 Cuestiones básicas acerca de los funcionarios interinos

Departamento Jurídico de Sepin Administrativo
RESUMEN

Análisis del artículo 10 del Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público, donde se regula la figura de los funcionarios interinos.

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¿Quiénes son funcionarios interinos?
Los que por razones expresamente justificadas de necesidad y urgencia son nombrados como tales para el desempeño de funciones propias de funcionarios de carrera.
¿Son por lo tanto funcionarios y tienen sus mismos derechos?
Los funcionarios interinos pertenecen al género de los funcionarios, por lo que ostentan todas las atribuciones propias del funcionariado.
¿Qué se entiende por razones expresamente justificadas de necesidad y urgencia?
La existencia de estas razones de necesidad y urgencia es la condición de validez del nombramiento de los funcionarios interinos.
En el momento del reclutamiento se debe motivar expresamente la necesidad del trabajo concreto que va a realizar y la urgencia de su realización para no perjudicar el interés público.
En caso de que la motivación no sea expresa, el nombramiento podría estar viciado de nulidad de pleno derecho.
¿En qué consiste el nombramiento de los funcionarios interinos?
El nombramiento de los funcionarios interinos ha de reunir los mismos requisitos de cualquier acto administrativo, es decir, debe ser un acto formal, escrito y específico y habrá de dictarse por la autoridad u órgano competente.
La relación del funcionario interino con la Administración no es contractual sino estatutaria porque es nombrado por la misma y no contratado.
¿Cuáles serían las funciones propias de los funcionarios de carrera?
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