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 Doctrina y Consultas

SP/DOCT/83704

Artículo Monográfico. Marzo 2020

La defensa de oficio en el conflicto aparente entre el secreto profesional y las obligaciones en prevención del blanqueo y la evasión fiscal

Carmelo Jiménez Segado. Magistrado. Doctor en Derecho y en Ciencias Políticas
RESUMEN

Artículo ganador del “I Premio Estudios Jurídicos ALTODO-SEPIN” al mejor trabajo doctrinal en materia de Asistencia Jurídica Gratuita y Turno de Oficio, convocado por la Asociación de Letrados y Letradas por un Turno de Oficio Digno (ALTODO) y la Editorial Jurídica Sepín S.L. (SEPIN)

Resumen: El deber de secreto profesional suele invocarse frente a las obligaciones legales de cooperación con las autoridades en prevención del blanqueo de capitales y del fraude fiscal, confrontando artificialmente tales deberes. Ni la abogacía está atada de manos ni sus clientes quedan indefensos a causa de tales obligaciones. Nuestro ordenamiento jurídico protege el secreto profesional y los profesionales del turno de oficio garantizan el derecho a la defensa cuando se carecen de medios de vida no criminales para litigar.

Abstract: The duty of professional secrecy is usually invoked against the legal obligations of cooperation with the authorities in the prevention of money laundering and tax fraud, artificially confronting such duties. Neither the legal profession is tied by hands nor are its clients left defenceless because of such obligations. Our legal system protects professional secrecy and professionals of the legal aid guarantee the right to a defence when there are no non-criminal means of life to litigate.

Palabras clave: Secreto profesional, confidencialidad, prerrogativa abogado-cliente, abogado interno, tutela judicial, prueba nula, blanqueo de capitales, fraude fiscal, turno de oficio.

Keywords: Professional secrecy, confidentiality, attorney-client privilege, in-house lawyer, effective judicial protection, null and void evidence, money laundering, tax fraud, legal aid.

Gestión Documental
I. Robinson y sus secretos
Resulta prácticamente imposible asistir a ningún seminario, charla o jornada sobre el secreto profesional y el derecho a la defensa sin que surja la cuestión de por qué la abogacía tiene que colaborar con la Fiscalía o la Agencia Tributaria denunciando o prestando determinada información sobre un cliente.
No importa que el curso gire en torno a la naturaleza, el alcance o los fines del secreto; el caso es que siempre sale un sector invocando con grandes palabras el derecho a la defensa de los más oprimidos en este mundo tan feliz para alertarnos sobre lo que esta facción considera que son los mayores peligros que acechan al secreto profesional: ni más ni menos que las obligaciones legales que pesan sobre quienes ejercen la abogacía de cooperar con las autoridades para prevenir los delitos de blanqueo de capitales y el fraude fiscal.
Estos insomnes por la libertad suelen añadir a su alarmismo una maniobra de distracción y una dosis de lirismo: desenfocan el asunto generando un conflicto artificial entre el s
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