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 Doctrina y Consultas

SP/DOCT/97923

Artículo Monográfico. Junio 2022

La abusividad en el TJUE: La protección del consumidor en procesos monitorios

Carmen de Vivero de Porras. Abogada. Doctora en Derecho
Gestión Documental
I. Introducción
El proceso monitorio existe en algunos países europeos desde hace décadas, en nuestro país se introdujo por la Ley 8/1999, de 6 de abril, de modificación de la Ley 49/1960, de 21 de julio, sobre Propiedad Horizontal (en adelante, LPH), en cuyo art. 21 se introdujo un nuevo proceso especial, ágil y rápido para la reclamación, por parte de las Comunidades de Propietarios en régimen de propiedad horizontal, de las cuotas debidas por los propietarios morosos Nota .
La Directiva 2000/35/CE del Parlamento Europeo y del Consejo, de 29 de junio, vino a establecer medidas de lucha contra la morosidad en las operaciones mercantiles, medidas entre las que recogen un proceso judicial ágil y rápido que articule la reclamación al deudor Nota .
El art. 5 de la citada Directiva vino a introducir el procedimiento de cobro de créditos no impugnado
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