Doctrina y Consultas
SP/DOCT/98548
Preguntas y Respuestas. Marzo 2020
Preguntas y respuestas ante la suspensión de los plazos procesales y sustantivos consecuencia del estado de alarma
Departamento Jurídico de Sepín Procesal Civil
RESUMEN
Respondemos a algunas preguntas que han surgido a raiz del Real Decreto 463/2020, de 14 de marzo, por el que se declara el estado de alarma para la gestión de la situación de crisis sanitaria ocasionada por el COVID-19, publicado en el BOE núm. 67, de 14 de marzo de 2020 y en vigor desde el mismo sábado 14-3-2020, en el que se introducen en sus disposiciones adicionales segunda, tercera y cuarta importantes efectos en la suspensión de los plazos procesales, administrativos y sustantivos de caducidad y prescripción.
PALABRAS CLAVE
Coronavirus, Covid-19, plazos, suspensión, caducidad, prescripción
El Real Decreto 463/2020, de 14 de marzo, (SP/LEG/28571) por el que se declaró el estado de alarma para la gestión de la situación de crisis sanitaria ocasionada por el COVID-19, publicado en el BOE núm. 67, de 14 de marzo de 2020 y en vigor desde el mismo sábado 14-3-2020, introdujo en sus disposiciones adicionales segunda, tercera y cuarta importantes efectos en la suspensión de los plazos procesales, administrativos y sustantivos de caducidad y prescripción. Ello ha supuesto la paralización generalizada de casi toda la actividad procesal del país excepto los servicios esenciales que el propio Real Decreto señalaba.
Desde entonces, son infinidad los Acuerdos dictados tanto por el CGPJ, como por el Ministerio de Justicia, FGE, así como los distintas Salas de Gobierno de los distintos TTSJ, Decanatos y múltiples órganos relacionados con la Justicia.
Intentaremos responder algunas de las preguntas que seguramente nos hacemos todos:
¿Dónde se encuentra regulado?
El Estado de Alarma se reguló por el Real Decreto 463/2020, de 14 de marzo, por el que se declara el Estado de Alarma para la gestión de la situación de crisis sanitaria ocasionada por el COVID-19 (SP/LEG/28571), publicado en el BOE núm. 67, de 14 de marzo de 2020. El citado Real Decreto ha sido posteriormente prorrogado hasta en tres ocasiones por los siguientes RRDD:
Real Decreto 476/2020, de 27 de marzo (SP/LEG/28956).
Real Decreto 487/2020, de 10 de abril (SP/LEG/29182).
Real Decreto 492/2020, de 24 de abril (SP/LEG/29412).
Real Decreto 514/2020, de 8 de mayo (SP/LEG/29587).