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 Doctrina y Consultas

SP/DOCT/98566

Opinión. Marzo 2020

Las Comunidades de propietarios ante el Coronavirus

María José Polo Portilla Directora de Sepín Propiedad Horizontal. Abogada
RESUMEN

Un estado excepcional para toda la sociedad y desde luego para nuestras Comunidades, ¿paralizan su actividad? Veamos algunas de las dudas que pueden surgir en este momento.

PALABRAS CLAVE

Coronavirus; COVID-19, Comunidades de Propietarios; Propiedad Horizontal

Gestión Documental
Tanto el Consejo General de Administradores de Fincas, como los distintos Colegios, preocupados por el buen funcionamiento de las Comunidades, mediante comunicados, están aconsejando, desde hace días, antes incluso de decretarse el estado de alarma, una seria de medidas. Nos recuerdan que siguen estando disponibles y que, ahora más que nunca, garantizaran los servicios esenciales y que lo harán por mediante cualquier medio que sea posible, evitando que este sea presencial.
Los Administradores los están enviando a las distintas Comunidades y a cada uno de los propietarios, en ellos se hacen una serie de recomendaciones que ya todos deberíamos conocer, entre otras, mantener la distancia de seguridad, usar el ascensor lo imprescindible, señalando el aplazamiento de todas las Juntas, la prohibición de uso de las zonas comunes, además de las medidas de higiene. Recomendaciones que además aconsejan colocar en el tablón de anuncios o un lugar visible.
No obstante, ¿qué sucede si estos consejos no se cumplen?
¿Qué ocurre con las Juntas que se celebraron los días previos a decretarse el estado de alarma?
Este estado, fue decretado por el Real Decreto 463/2020, de 14 de marzo, publicado en el BOE núm. 67, de 14 de marzo de 2020 (SP/LEG/28571) entro vigor desde el mismo día, no obstante, el ministro de Sanidad, Salvador Illa,
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