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Procesal Civil

AP Zaragoza, Sec. 5.ª, 44/2017, de 19 de enero. Recurso 647/2016

Ponente: PEDRO ANTONIO PEREZ GARCIA
SP/SENT/889297
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 El consumidor prestatario no pudo conocer ni prever las consecuencias de la cláusula suelo, que era nula por abusiva, sin que la subrogación ni la novación por otra menos lesiva la convalide
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ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO.- Se aceptan los de la resolución apelada de fecha 13 de octubre de 2016, cuyo FALLO es del tenor literal siguiente: "Declaro la nulidad de la cláusula suelo-techo del contrato de compraventa y subrogación en préstamo con garantía hipotecaria de fecha 15 d enero de 2.009 formalizado en escritura pública notarial y sus sucesivas novaciones; manteniéndose la vigencia del contrato sin la aplicación de los límites de suelo de techo, fijados en aquella; y en consecuencia, condeno a la entidad demandada, previo recálculo de las cuotas, a la devolución de las cantidades indebidamente abonadas por los demandantes desde la publicación de la Sentencia del tribunal Supremo de 9 de mayo de 2013 como consecuencia de la aplicación de la cláusula suelo cuya nulidad de insta. Y todo ello, con imposición a la demandada de las costas procesales causadas.".
SEGUNDO.- Notificada dicha sentencia a las partes por la representación procesal de IBERCAJA BANCO SAU se interpuso contra la misma recurso de apelación, y dándose traslado a la parte contraria se opuso al recurso, remitiéndose las actuaciones a esta Sección Quinta de la Audiencia, previo emplazamiento de las partes.
TERCERO.- Recibidos los Autos y CD, y personadas las partes, se formó el correspondiente Rollo de Apelación con el número ya indicado, y se señaló para deliberación, votación y fallo el día 19-12-2016.
CUARTO.- En la tramitación de estos autos se han
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