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Obligaciones y Contratos

TS, Sala Primera, de lo Civil, 530/2008, de 5 de junio. Recurso 403/2001

Ponente: CLEMENTE AUGER LIÑAN
SP/SENT/167362
Gestión Documental
 La venta del inmueble ganancial por uno de los cónyuges no es nula sino anulable a instancia del cónyuge que no prestó consentimiento o de sus herederos y no ejercitada dicha acción el contrato es válido
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ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO. Ante el Juzgado de Primera Instancia número 4 de Ourense fueron vistos los autos de juicio declarativo ordinario de menor cuantía nº 256/98, promovidos a instancia de Don Pedro Enrique y Doña Julieta contra LOS HEREDEROS de Don Jose María. La parte actora formuló demanda arreglada a las prescripciones legales, en la cual solicitaba, previa alegación de los hechos y fundamentos de derecho, se dictara sentencia
«por la que se acuerde:
a) Tener por perfeccionado el contrato de permuta de fecha 25/04/96 firmado entre D. Pedro Enrique y su esposa Dª Julieta y D. Jose María, representado por D. Imanol, nº de protocolo 220 del notario D. Luis Rajoy Brey
b) Acordar la inscripción de las viviendas señaladas con las letras A), B), C) y D) de la segunda planta del edificio construido sobre el solar nº NUM000 hoy portal NUM001 de la CALLE000 de esta ciudad, así como de los anejos (trasteros y plazas de garaje) a nombre de los legales herederos, librando mandamiento al Registro de la propiedad nº 2 de Orense.
c) Acordar que se cancele la condición resolutoria que grava los solares objeto de permuta hoy localizados en la CALLE000 nº NUM001 y NUM002 de Orense, Tomo NUM003, Libro NUM004, Folio NUM005 Finca NUM006 y Tomo NUM003, Libro NUM004, Folio NUM007, Finca NUM008 respectivamente, librándose a tal efecto mandamiento al Registro de la Propiedad nº 2 de Orense.
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