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Obligaciones y Contratos

TS, Sala Primera, de lo Civil, 447/2010, de 8 de julio. Recurso 1871/2006

Ponente: ENCARNACION ROCA TRIAS
SP/SENT/522675
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 Nulidad del contrato de opción de compra y venta de las acciones de los incapaces realizado por el tutor, pues no fue autorizado judicialmente como debería haberlo sido según el artículo 271 CC
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 No habiéndose demostrado que los contratos celebrados tenga causa recíproca la falta de validez de uno de ellos no supone la nulidad del resto, sólo sería posible si los respectivos negocios se hallaran recíprocamente condicionados
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ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO. Ante el Juzgado de Primera Instancia número 6 de Vitoria Gasteiz, interpuso demanda de juicio ordinario, BEISTEGUI HERMANOS, S.L., anteriormente denominada HIBISCUS, S.L. e inicialmente denominada GRUPO CYCLEUROPE, S.A., contra D. Fermín , D. Fidel y contra Dª Rita y Dª Remedios . El suplico de la demanda es del tenor siguiente: " .... dictar sentencia por la que:
I. - Pronunciamientos que se solicitan con el carácter de petición principal.
A) Se conceda a Doña Rita y Doña Remedios cotutoras de Don Fermín y Don Fidel , autorización judicial, en su modalidad de autorización a posteriori o ratificación, para enajenar las 21.458 acciones de las que cada uno de dichos Don Fermín y Don Fidel eran propietarios el 31 de octubre de 1996 -hasta la firma ese día de la escritura pública constitutiva del documento 3 de la presente demanda- en la sociedad que se denominó en el pasado GRUPO CYCLEUROPE, S.A. . Esas 21.458 acciones de cada uno de los citados Don Fermín y Don Fidel fueron amortizadas, con la compensación o contraprestación a favor de Don Fermín y Don Fidel , consistente en la adjudicación a ellos, en proindiviso de 13.843 acciones de la sociedad entonces denominada CYCLEUROPE ESPAÑA, S.A.
A efectos de este pronunciamiento, será oído el Ministerio Fiscal.
B) Se conceda a Doña Rita y Doña Remedios , cotutoras de Don Fermín y Don Fidel , autorización judicial, en su modalid
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