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Obligaciones y Contratos

AP Toledo, Sec. 2.ª, 196/2010, de 17 de septiembre. Recurso 23/2009

Ponente: JUAN MANUEL DE LA CRUZ MORA
SP/SENT/526092
Gestión Documental
 El que el préstamo se firmase por un apoderado del banco y no por los dos pudo ser una causa de anulabilidad en el momento de perfección del contrato, no 4 años después en la fase de perfección y sin que exista vicio en el consentimiento
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 El demandado no puede ser considerado consumidor de cara a la Ley de Defensa de los Consumidores y Usuarios pues no era el destinatario final del préstamo
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ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO: Por el Juzgado de 1ª Instancia Núm. 2 de Toledo, con fecha 28 de Julio de 2008 , se dictó sentencia en el procedimiento de que dimana este rollo, cuya PARTE DISPOSITIVA dice: "Que Estimando la demanda formulada por la entidad BANCO SANTANDER CENTRAL HISPANO S.A., representada por las Procuradora de los Tribunales Sra. Gómez-De Las Heras Serrano contra Javier representado por la Procuradora de los Tribunales Sra. Puche Pérez, debo condenar y condeno al demandado a abonar a la actora la cantidad de 5602,88 Euros en concepto de principal adeudado, más la cantidad de 2164 euros en concepto de intereses vencidos y devengados desde el 11 de febrero de 2004 hasta el 1 de junio de 2006 mas los nuevos intereses moratorios vencidos y que se devenguen desde esa fecha hasta el completo pago; con expresa imposición de las costas causadas a la parte demandada".
SEGUNDO: Contra la anterior resolución y por la representación procesal de Javier , dentro del término establecido, tras anunciar la interposición del recurso y tenerse por interpuesto, se articularon por escrito los concretos motivos del recurso de apelación, que fueron contestados de igual forma por los demás intervinientes, con lo que se remitieron los autos a ésta Audiencia, donde se formó el oportuno rollo, quedando los autos vistos para deliberación y resolución.
SE CONFIRMAN Y RATIFICAN los antecedentes de hecho, fundamentos de derecho y fallo de la resolución recurrida, en cua
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