AP Madrid, Sec. 21.ª, de 2 de octubre de 2001
SP/SENT/38321
Recurso 449/2000. Ponente: ILMA. SRA. Dª ROSA MARÍA CARRASCO LÓPEZ.
ANTECEDENTES DE HECHO
La Sala acepta y da por reproducidos los Antecedentes de Hecho de la resolución recurrida.
PRIMERO.- Por el Juzgado de 1ª Instancia nº 38 de Madrid, en fecha 14 de abril de 2000, se dictó sentencia, cuya parte dispositiva es del tenor literal siguiente: "FALLO: Que desestimando la demanda interpuesta en nombre de D. Luis _____-_____ debo absolver y absuelvo de la misma a la demandada Dª Francisca _____ con imposición de costas a la parte actora.".
SEGUNDO.- Contra la anterior resolución se interpuso recurso de apelación por el demandante. Admitido el recurso de apelación en ambos efectos, se dio traslado del mismo a la parte apelada, quién impugnó en tiempo y forma. Elevándose los autos junto con oficio ante esta Sección, para resolver el recurso.
TERCERO.- Por providencia de esta Sección, 25 de mayo de 2001, se acordó que no era necesaria la celebración de vista pública, señalándose para deliberación y votación el día 1 de octubre de 2001.
CUARTO.- En la tramitación del presente procedimiento han sido observadas en ambas instancias las prescripciones legales.
FUNDAMENTOS DE DERECHO
PRIMERO.- El actor, propietario por herencia, de la vivienda sita en la Calle _____ interior derecha ejercita a través de este procedimiento acción de resolución del contrato de arrendamiento de fecha 1 de mayo de 1.970 suscrito entre quien era propietaria de la vivienda, y el esposo de la ocupante Sra. _____, alegando como causa tener necesidad su hijo Ignacio _____-_____, quien vive en la casa familiar con los padres y hermana, al no tener ninguna otra vivienda, deseando independizarse dada su edad, y percibir ingresos al estar trabajando.
El actor requirió a la demandada a través del burofax enviado el 20 de octubre de 1.998; mediante este último le comunicó la necesidad de la vivienda, además de indicarle la inexistencia de causa de posposición, al no tener más viviendas arrendadas en el inmueble en el que está situada la casa alquilada, ocupada por la demandada.
SEGUNDO.- La demandada al recibir el burofax se opuso a la denegación de la prórroga, lo que reiteró al contestar la demanda. Los motivos de oposición fueron que el actor tiene otras propiedades además de esta vivienda tanto en Madrid, como fuera de esta capital, que la otra vivienda que tiene en el edificio no está ocupada por el otro hijo Jorge _____ _____, quien afirma sigue viviendo con sus padres, y que no existe necesidad a favor del hijo para quien solicita la casa quien es incierto que tenga recursos económicos, además de ser su necesidad superior a la de aquél dada su edad
, tiempo de ocupación de la vivienda, necesidad de cuidados, y ser escasa su pensión. La demandada lo que vino a mantener en la primera instancia es no solo la falta de necesidad del hijo del actor, Ignacio, sino la actuación abusiva del propietario-arrendador quien está utilizando como pantalla al hijo para obtener la resolución del contrato, y así tener libre la vivienda.TERCERO.- La acción resolutoria ha sido re