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Arrendamientos Urbanos

AP Albacete, Sec. 1.ª, 370/2015, de 21 de diciembre. Recurso 360/2015

Ponente: MANUEL MATEOS RODRIGUEZ
SP/SENT/842458
Gestión Documental
 La realización de actividad ilegal por el coarrendatario en la vivienda arrendada da derecho a la propiedad a resolver el contrato aún cuando la coarrendataria y esposa ignorase la actividad que se realizaba
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 Probado por sentencia penal que en la vivienda arrendada los arrendatarios se dedicaban al tráfico de drogas se acuerda la resolución del contrato de arrendamiento
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ANTECEDENTES DE HECHO
ACEPTANDO en lo necesario los antecedentes de la sentencia apelada; y
PRIMERO.- Por el citado Juzgado se dictó la referida sentencia, cuya parte dispositiva dice así:"FALLO: Que estimando íntegramente la demanda rectora de las presentes actuaciones declaro haber lugar a la resolución del contrato de arrendamiento del inmueble ubicado en la CALLE000 nº NUM000 del BARRIO000 de Albacete suscrito entre la demandante Urvial, Sociedad de Gestión Urbanística SLU de un lado y D. Cayetano y Dª Loreto , de otro, condenando a los referidos demandados a desalojarla en la fecha que señale este Juzgado o en otro caso a ser lanzados de la misma por la fuerza y a su costa, todo ello con obligación de abonar la renta pactada hasta la restitución de la vivienda arrendada a la actora. Condenando así mismo a los demandados al abono de las costas causadas en el procedimiento. MODO DE IMPUGNACIÓN: Mediante recurso de apelación, que se interpondrá ante el Tribunal que haya dictado la resolución que se impugne dentro del plazo de veinte días contados desde el día siguiente de la notificación de aquella. En la interposición del recurso el apelante deberá exponer las alegaciones en que se base la impugnación, además de citar la resolución apelada y los pronunciamientos que impugna. Dicho recurso carecerá de efectos suspensivos, sin que en ningún caso proceda actuar en sentido contrario a lo resuelto ( artículos 456.2 y 458 L.E.C .).- Conforme a la D.A. Decimoquinta de la L.O.P.J ., para la admisi
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