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Propiedad Horizontal

AP Almería, Sec. 3.ª, 233/2012, de 17 de diciembre. Recurso 209/2010

Ponente: JESUS MARTINEZ ABAD
SP/SENT/715918
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 La Comunidad ha consentido tácitamente las obras ejecutadas en el patio al haber permanecido inactiva durante un largo perído de tiempo
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 No procede la retirada de tubos y aire acondicionado instalado en el patio común al existir construcciones análogas ejecutadas por otros propietarios autorizadas tácitamente por la Comunidad
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ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO.- Se aceptan los de la sentencia apelada como relación de trámites y antecedentes del procedimiento.
SEGUNDO .- Por la Ilma. Sra. Magistrada-Juez del Juzgado de 1ª Instancia nº 5 de El Ejido, en los referidos autos se dictó sentencia con fecha 23 de febrero de 2010 que, desestimando totalmente la demanda, absuelve a los demandados de las pretensiones formuladas en su contra, con imposición de costas a la actora.
TERCERO .- Contra la referida sentencia y por la representación procesal de la parte demandante se interpuso, en tiempo y forma, recurso de apelación, mediante escrito en el que se solicitó se dicte nueva sentencia que estimando íntegramente los pedimentos de la demanda, declare la ilicitud de las obras objeto de la litis que se han ejecutado sin autorización de la comunidad de propietarios condenando a los demandados a su inmediata demolición con apercibimiento de ser ejecutada a su costa, con imposición de costas a la contraparte, por las razones expuestas en dicho escrito.
CUARTO.- El recurso deducido fue admitido en ambos efectos, dándose traslado del mismo a la parte apelada, quien solicitó la confirmación de la mencionada resolución con imposición de costas a la parte recurrente.
QUINTO.- A continuación, se elevaron las actuaciones a este Tribunal donde, formado y registrado el correspondiente Rollo, se turnó de ponencia y, no habiéndose solicitado prueba ni est
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