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Propiedad Horizontal

AP Castellón, Sec. 3.ª, 154/2013, de 12 de abril. Recurso 838/2012

Ponente: JOSE MANUEL MARCO COS
SP/SENT/728264
Gestión Documental
 No procede la retirada del aire acondicionado aunque su instalación no fuese autorizada por la Comunidad, al no afectar la obra a elementos comunes ni ocasionar molestias
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ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO.- El Fallo de la Sentencia apelada literalmente establece: "DESESTIMAR totalmente la demanda presentada por la Procuradora D.ª Dolores Olucha Varella, en nombre y representación de la Comunidad de Propietarios EDIFICIO000 , Oropesa del Mar, bajo la asistencia letrada de D. Félix Espelleta Casinos, contra D. Marcelino y D.ª Patricia , representados por la Procuradora D.ª Marta García Alonso, bajo la asistencia letrada de D. Miguel Angel López Marco.
Se CONDENA a la de la Comunidad de Propietarios EDIFICIO000 , Oropesa del Mar, al pago de las costas que se hayan podido causar en esta instancia.".
SEGUNDO.- Notificada dicha Sentencia a las partes, por la representación procesal de la Comunidad de Propietarios EDIFICIO000 Oropesa, se interpuso recurso de apelación, en tiempo y forma, en escrito razonado, solicitando se dicte Sentencia por la que se revoque la sentencia objeto del recurso, y condene a los demandados a retirar los aparatos de aire acondicionado de su ubicación actual, con expresa imposición de costas.
Se dio traslado a la parte contraria, que presentó escrito oponiéndose al recurso, solicitando que se dicte Sentencia por la que se desestime en su totalidad el recurso de apelación, se confirme íntegramente la Sentencia objeto del mismo, con expresa imposición a la parte recurrente de las costas totales causadas en la Segunda Instancia.
TERCERO.- Se remitiero
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