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Violencia Doméstica y de Género

AP Madrid, Sec. 22.ª, de 31 de marzo de 2015. Recurso 960/2014

Ponente: CARMEN NEIRA VAZQUEZ
SP/AUTRJ/809994
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 El Juzgado de violencia sobre la mujer es competente para decidir sobre la petición de restitución de la menor a Suiza, sin que haya por tanto nulidad de actuaciones
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 El traslado temporal a España en vacaciones y motivado por el conflicto surgido con la familia paterna, no supone autorización para el cambio de residencia de la menor por parte del padre
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 No acreditada situación de riesgo para la menor, y sí posibles intereses espurios en la denuncia penal, procede la restitución de la misma a Suiza donde tenía su residencia
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ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO.- La Sala acepta y tiene por reproducidos los antecedentes de hecho contenidos en la resolución apelada.
SEGUNDO.- Con fecha 14 de abril de 2014 por el Juzgado de violencia sobre la mujer n° 11 de los de Madrid se dictó Auto cuya parle dispositiva es del tenor literal siguiente: " Con desestimación de la solicitud formulada por la Procuradora Dª Margarita López Jiménez en la representación procesal de D. Íñigo , SE RECHAZA LA RESTITUCIÓN A SUIZA de la menor Estela , nacida de la relación entre el demandante y Dª Raquel .
No se imponen a ninguna de las partes las costas causadas en el procedimiento."
TERCERO- Notificada la mencionada resolución a las partes, contra la misma, se interpuso recurso de apelación por la representación legal de don Íñigo , exponiendo en el escrito presentado las alegaciones en las que basaba su impugnación.
De dicho escrito se dio traslado a las demás partes personadas, presentando la representación de Doña Raquel y el Ministerio Fiscal escritos de oposición.
Seguidamente se remitieron las actuaciones a esta Superioridad, en la que previos los trámites oportunos, se acordó señalar para vista.
CUARTO.- En la tramitación de este recurso se han observado las prescripciones legales.
FUNDAMENTOS DE DERECHO
PRIMERO.- La dirección Letrada de la parte apelante interesando la revocación de la resolución recurrida pidió se declare la nulidad del auto de 14 de abril de 2014 por el que se desestima la restitución a Suiza de la Menor Estela y se dicte resolución por la que se acuerde la restitución de la niña a Suiza y como consecuencia se declare por ser de orden público, la nulidad del auto de denegación de declinatoria de Jurisdicción, pendiente de recurso de queja, del Juzgado de Violencia de Género n° 1, de los de Madrid, de 3 de marzo de 2014 y subsidiariamente se revoque el auto en cuanto al fondo en el sentido de acordar la Restitución de la menor a Suiza y alega entre otras razones que producida la sustracción de menores, regresa a Suiza lugar de residencia de la menor y comienza procedimientos judiciales y recuerda que se había concedido la custodia exclusiva de la menor al recurrente por parte de las autoridades suizas con el carácter de ejecutivo y alega que se trata de buscar un fuero de conveniencia y refiere que el Juzgador ha utilizado argumentos de violencia de género que no están en los autos de restitución, y señala que no es un proceso penal, relatando que trata de buscar la competencia de los Juzgados de Violencia contra la mujer y significa que es un secuestro interparental de menores. Pone de manifiesto que prepara artificialmente una excepción al convenio de la Haya sobre los aspectos civiles de la Sustracción Interparental de menores. Significa que era una discusión manipulada señalando que
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