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Violencia Doméstica y de Género

AP Madrid, Sec. 26.ª, 61/2016, de 4 de febrero. Recurso 65/2016

Ponente: MARIA TERESA ARCONADA VIGUERA
SP/SENT/845058
Gestión Documental
 Se acredita la comisión del delito de quebrantamiento de medida cautelar, puesto que es inverosímil que los mensajes de WhatsApp enviados desde el móvil del acusado los escribiese una amiga de este
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ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO.- Por el Juzgado Penal, se dictó sentencia con fecha 2 de noviembre de 2015 , con los siguientes hechos probados:
Sobre el acusado mayor de edad y con antecedentes penales no computables pese a tener pleno conocimiento que sobre él pesaba una condena de prohibición de aproximación a menos de 500 metros y de comunicación por cualquier medio con su ex mujer Florencia , impuesta por sentencia firme de 9-1-15 del juzgado penal 5 de Móstoles y que se encontraba vigente hasta el día 24-2-17, de lo que tenía pleno conocimiento ya que le había sido notificado, entre los días 7 y 18 de octubre de 2015, envió desde el teléfono móvil de su propiedad al teléfono de su ex mujer NUM000 diversos enlaces y publicaciones de internet.
Y cuyo fallo es del literal siguiente:
Debo condenar y condeno a Florencio , como autor de un delito de quebrantamiento de medida cautelar, ya definido, sin concurrir circunstancias modificativas de la responsabilidad penal, a la pena de seis meses de prisión, inhabilitación especial para el derecho de sufragio pasivo durante el tiempo de la condena y costas.
SEGUNDO.- Contra dicha sentencia se interpuso recurso de apelación por la representación de Florencio , en base a los motivos que constan en el escrito y que serán objeto del fondo del recurso.
TERCERO.- Remitidos los autos a la Audiencia Provincial, se dio traslado a la Magist
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