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Violencia Doméstica y de Género

AP A Coruña, Sec. 5.ª, 385/2016, de 27 de octubre. Recurso 136/2016

Ponente: JULIO TASENDE CALVO
SP/SENT/879976
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 No se priva al padre de la patria potestad de los menores al no suponer peligro para los mismos que el padre esté siendo investigado como autor de delito de abusos sexuales hacia otra hija de la demandante fruto de un matrimonio previo
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 No se suprime ni suspende el régimen de visitas consistente en dos tardes de 5 a 7 horas ni se acuerdan que las entregas y recogidas sean a través de PEF al no existir peligro cierto para los menores en la relación con el progenitor no custodio
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 Dado que el padre sólo percibe 390 € de renta de inserción social y la madre cuenta con sus propios recursos la pensión de alimentos se fija en 150 € para los dos hijos menores
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ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO.- Que por el Ilmo. Sr. Magistrado Juez del Juzgado de Primera Instancia nº 2 de Corcubión, con fecha 19 de octubre de 2015, se dictó sentencia cuya parte dispositiva dice como sigue:
"Que estimando parcialmente la demanda interpuesta por la representación procesal de Dª Consuelo frente a D. Luis Andrés , debo acordar y acuerdo la disolución por divorcio del matrimonio formado por Dª Consuelo y D. Luis Andrés . Se acuerda la disolución de sociedad de gananciales. Debiendo regirse en adelante tal sociedad de gananciales. Debiendo regirse en adelante tal sociedad de gananciales. Debiendo regirse en adelante tal situación por las medidas contenidas en el Fundamento Jurídico Cuarto de esta sentencia, que por brevedad aquí se dan por reproducidas; y todo ello sin efectuar expresa pronunciamiento acerca de las costas procesales."
SEGUNDO.- Notificada dicha sentencia a las partes, se interpuso contra la misma en tiempo y forma, recurso de apelación por la representación procesal de DOÑA Consuelo que le fue admitido en ambos efectos, y remitidas las actuaciones a este Tribunal, y realizado el trámite oportuno se señaló para deliberar la Sala el día 25 de octubre de 2016, fecha en la que tuvo lugar.
TERCERO.- En la sustanciación del presente recurso se han observado las prescripciones y formalidades legales.
FUNDAMENTOS DE DERECHO
Se aceptan los fundamentos jurídicos de la resolución recurrida, y
PRIMERO.- El primer motivo del recurso de apelación interpuesto por la madre demandante contra la sentencia de divorcio entre las partes, que acuerda atribuir a ambos progenitores litigantes la patria potestad compartida sobre sus dos hijos comunes menores de edad, confiados a la custodia materna, pretende la privación de la patria potestad del padre demandado, atribuyendo su ejercicio en exclusiva a la actora, alegando la errónea valoración de la prueba en relación con el art. 170 del Código Civil .
Según tenemos señalado en reiteradas resoluciones, el principio rector para la solución de los conflictos personales en materia de derecho de familia, y en especial para la adopción de medidas que afecten al cuidado y educación de los hijos menores, ha de ser el de procurar ante todo el beneficio o interés de los mismos, en orden a su desarrollo personal y a la satisfacción de sus derechos legalmente sancionados, por encima de los legítimos intereses de los progenitores. Este principio de protección integral y preferente de los menores constituye un criterio teleológico de interpretación normativa expresamente reconocido en los arts. 92 , 96 y 103, entre otros, del Código Civil , que debe presidir la aplicación de la ley en esta materia, y aparece proclamado en diversos Convenios y Tratados Internacionales, como La Convención sobre los Derechos del Niño de las Naciones Unidas, de 20
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