1.- El Juzgado de Instrucción nº 5 de Gandía instruyó sumario con el nº 1 de 2.004 contra Cosme, y, una vez concluso, lo remitió a la Audiencia Provincial de Valencia, Sección Tercera, que con fecha 4 de octubre de 2.005 dictó sentencia que contiene los siguientes Hechos Probados: El acusado Cosme, nacido en Marruecos el día 22 de enero de 1965, sin antecedentes penales, en situación ilegal en España, convivía con Filomena en la calle Calderón de la Barca de Gandía, manteniendo una relación afectiva análoga a la matrimonial, sobre las 15 horas del día 14 de agosto de 2.004 cuando ambos se encontraban en el domicilio antes citado, el acusado, con ánimo de obtener un beneficio patrimonial ilícito, sin testigos, con la sola presencia del agresor y de la víctima, le exigió a Filomena que le diese el dinero que ella guardaba, y como ésta se negó a dárselo, aquél cogió un cuchillo de la cocina y al mostrárselo a Filomena, ésta, atemorizada, le entregó 470 euros. Acto seguido el acusado empezó a golpear a su compañera, dándole puñetazos por todo el cuerpo, causándole lesiones consistentes en contusión en cara, cuello y pierna derecha y contusiones en manos izquierda y derecha y mordisco en muñeca derecha, lesiones que sólo precisaron para su curación de una primera asistencia médica y que tardaron cinco días en curar que no fueron impeditivos. En este contexto de agresión, el acusado cogió a su compañera por los brazos y la lanzó sobre la cama boca abajo manteniendo relaciones sexuales con ella por vía anal, en
contra de la voluntad de Filomena que no podía moverse por tenerla el acusado sujeta por los brazos. A continuación el acusado se marchó del domicilio regresando a primera hora del día 15 de agosto y dirigéndose a su compañera le dijo expresiones tales como "cristiana de mierda, puta, bastarda, voy a romper las piernas a tus hijos y a tí te mataré". Filomena presentó denuncia por estos hechos ante la Comisaría de Policía de Gandía el día 15 de ag