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Administrativo

TS, Sala Tercera, de lo Contencioso-Administrativo, Sec. 1.ª, de 11 de diciembre de 2008. Recurso 5533/2007

Ponente: JOSE MANUEL SIEIRA MIGUEZ
SP/AUTRJ/444095
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 La parte recurrida, en el trámite de admisión, no puede oponer como causa de inadmisión la cosa juzgada y la carencia de relevancia de las infracciones legales denunciadas, sino sólo oponerse a la admisión con base en el art. 93.2 a)
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ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO.- D. Jorge Deleito García, Procurador de los Tribunales, actuando en representación de la compañía mercantil "Consultorio de Urbanismo SA" interpone recurso de casación contra la sentencia de 23 de julio de 2007, dictada por la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Aragón en el recurso nº 411/2002 por la que se desestimó el recurso interpuesto por la entidad hoy recurrente en casación contra el Acuerdo Plenario del Ayuntamiento de Zaragoza de 27 de octubre de 2000 por el que se aprobó definitivamente el Estudio de Detalle de la Manzana 1-2 del AI U-51-2.
SEGUNDO.- En el escrito de personación de la entidad "Desarrollo Urbano Metropolitano SA" se opuso a la admisión del recurso de casación al considerar que carecen de fundamento las alegaciones referidas a la infracción de normas de derecho estatal o comunitario y la existencia de cosa juzgada.
Por providencia de 10 de abril de 2008 se acordó conceder a la parte recurrente el plazo de diez días para que formule alegaciones sobre la inadmisión del recurso opuesta por la representación procesal de la mercantil recurrida "Desarrollo Urbano Metropolitano SA" en su escrito de personación presentado el 23 de noviembre de 2007.
Las partes no presentaron escritos de alegaciones.
Siendo Ponente el Excmo. Sr. D José Manuel Sieira Míguez Magistrado de la Sala
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