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Administrativo

TS, Sala Tercera, de lo Contencioso-Administrativo, Sec. 1.ª, de 11 de diciembre de 2008. Recurso 2334/2007

Ponente: JOSE MANUEL SIEIRA MIGUEZ
SP/AUTRJ/444114
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 Se inadmite el motivo de casación formulado en el escrito de interposición por no haber sido incluido en el previo escrito de preparación del recurso
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ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO.- Por las Procuradoras de los Tribunales D.ª Isabel Juliá Corujo, en nombre y representación del Ayuntamiento de Gijón (Asturias), y D.ª Begoña , en nombre y representación de la Federación de Servicios Públicos de la Unión General de Trabajadores (FSP-UGT), se han interpuesto sendos recursos de casación contra la Sentencia de 22 de marzo de 2007, dictada por Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Asturias en el recurso nº 340/2004, sobre Acuerdo/Convenio regulador de las condiciones de trabajo de los empleados públicos del Ayuntamiento de Gijón.
SEGUNDO.- Por providencia de 10 de septiembre de 2007 se acordó dar traslado a las partes recurrentes por el plazo de diez días del escrito de personación presentado por la Procuradora de los Tribunales D.ª María Luz Albacar Medina, en nombre y representación de la Asociación de Funcionarios del Ayuntamiento de Gijón, en el que se oponía a la admisión de los recursos de casación, por haber sido defectuosamente preparados.
Este trámite ha sido cumplimentado por los mencionados recurrentes.
TERCERO.- Por providencia de 10 de septiembre de 2008 se acordó conceder a las partes un nuevo plazo de diez días para que formularan alegaciones sobre la posible concurrencia de la causa de inadmisión siguiente:
"En relación con el motivo de casación primero del escrito de interposición, relativo a la infracc
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