CARGANDO...

Administrativo

TS, Sala Tercera, de lo Contencioso-Administrativo, Sec. 1.ª, de 23 de abril de 2010. Recurso 5910/2006. Con Comentarios

Ponente: EMILIO FRIAS PONCE
SP/SENT/506972
Gestión Documental
 No es conforme a derecho el registro del domicilio social por parte de la Inspección de Hacienda sin mandamiento judicial y sin autorización de los legales representantes de la sociedad
No tiene permisos para ver el contenido de los extractos
ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO.- Con fecha 20 de noviembre de 1998, la Inspección de los Tributos de la Delegación de la A.E.A.T. de Barcelona, Inspección Provincial, incoó a la entidad Bazar Alfaro, S.A., tres actas A02, suscritas en disconformidad con los números 70086476, 70086424 y 70086485, por el Impuesto sobre Sociedades correspondiente a los ejercicios 1989 a 1991, ambos inclusive. En ellas, el actuario señalaba:
1º) En relación a la situación de la contabilidad y registro obligatorios a efectos fiscales del obligado tributario: "Ha facilitado a la Inspección el Libro Diario de anotaciones contables, apreciándose la existencia de anomalías sustanciales que suponen el incumplimiento sustancial de las obligaciones contables, detalladas en el cuerpo del acta y en el informe ampliatorio que se adjunta a la misma y en virtud de las cuales procede aplicar el régimen de estimación indirecta de bases imponibles..."
2º) La fecha de inicio de las actuaciones fue el 30 de mayo de 1995, sin que resulte de aplicación el plazo máximo para la conclusión de las actuaciones establecido en el artículo 29 de la Ley 1/1998, de 26 de febrero, de Derechos y Garantías de los Contribuyentes, al haberse iniciado éstas antes de la entrada en vigor de la citada Ley.
3º) En el curso de las actuaciones se han extendido diligencias en las siguientes fechas: De la diligencia número 1 de fecha 16- 06-95 a la diligencia número 54 de fecha 5-11-98.
También puedes adquirir este documento o suscribirte para acceder a todos los contenidos