TSJ Extremadura, Sala de lo Contencioso-Administrativo, Sec. 1.ª, 1087/2013, de 15 de octubre
SP/SENT/737771
Recurso 983/2011. Ponente: JOSE MARIA SEGURA GRAU.
Ni una ni otra Ley contenÃan precepto alguno de modificación o alteración de las Disposiciones Transitorias de la Ley de 1985, ni directa ni indirectamente; de donde cabe concluir que la DT 4ª del TR no tiene naturaleza legal sino reglamentaria
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La Ley que habilitaba el TR no contenÃa mandato sobre la regulación de los derechos sobre las "aguas privadas"; por lo que deberá entenderse que fue una decisión del Ejecutivo de regular ese régimen en la habilitación de "adaptación"
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