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Nuevas Tecnologías

SP/DOCT/18682

Artículo Monográfico. Octubre 2014

La invalidez de la Directiva sobre Conservación y Cesión de los Datos relativos a las Comunicaciones

Miguel Ángel Encinar del Pozo. Magistrado del Gabinete Técnico del Tribunal Supremo. Sala de lo Penal
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I. Introducción
En el proceso penal se llevan a cabo diligencias de investigación que suponen una injerencia en el derecho a la intimidad. Diligencias que cada vez están más relacionadas con el uso de nuevas tecnologías en las comunicaciones. Es el caso de diligencias como el rastreo por internet de la IP, el tratamiento masivo de datos de carácter personal para la averiguación del delito y de sus autores, el acceso y registro de la memoria o agenda de un teléfono móvil, o el acceso y registro de un equipo informático o de elementos de almacenamiento masivo de datos o archivos informáticos.
En este ámbito, debemos destacar las comunicaciones telefónicas por medio de telefonía móvil y las comunicaciones electrónicas a través de internet, que generan multitud de datos referidos a los propios elementos técnicos utilizados (IP o IMEI), a la línea telefónica empleada (IMSI, número de teléfono), al propio hecho de la comunicación en sí (listados de llamadas, hora de inicio y finalización, lugar desde el que se realiza) o a las personas que intervienen en la comunicación (titular de la línea, dirección, cuenta de domiciliación de recibos). Estos datos se almacenan en los archivos de los proveedores de servicios de comunicaciones electrónicas y de redes públicas de comunicaciones, que, por tanto, procesan grandes cantidades de datos personales, que se denominan "metadatos". Mientras que el contenido real de las comunicaciones forma parte del derecho al secreto de las mismas, la recopilación y trata
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