1.- El Juzgado de Instrucción nº 10 de Palma instruyó sumario con el nº 1 de 2000 contra Millán, Luis Carlos, Eusebio, Virginia, Mariana y otros, y, una vez concluso, lo remitió a la Audiencia Provincial de Palma de Mallorca, Sección Primera, que con fecha 5 de marzo de 2.001 dictó sentencia que contiene los siguientes Hechos Probados: I) El procesado Millán, mayor de edad, nacido el 1-IX-67, sin antecedentes penales y privado de libertad por esta causa desde el 3 de febrero del 2000, entre el 26 y el 31 de diciembre de 1999 vendió al también procesado Luis Carlos, mayor de edad, nacido el 16-XII-78, sin antecedentes penales, privado de libertad los días 15 y 16 de febrero del 2000, cien pastillas de éxtasis a 1.300 ptas. la unidad, el cual las compró para su venta a terceros. Posteriormente, entre el día 29 de enero de 2.000 el procesado Millán, vendió 20 pastillas más de éxtasis al procesado Luis Carlos al mismo precio que la vez anterior y para el mismo fin. II) El día 3 de febrero de 2.000, el procesado Eusebio, mayor de edad, nacido el 2-VII-76, sin antecedentes penales, privado de libertad desde el día 8 de marzo de 2.000 hasta el 14 de abril de 2.000, previamente, puesto de común acuerdo con el procesado Millán, entregó en la ciudad de Barcelona y por encargo de éste a las procesadas Virginia, mayor de edad, nacida el 27-XI-72, sin antecedentes penales, privada de libertad desde el 3 de febrero de 2.000, la cual estaba unida sentimentalmente con Millán; y a Mariana, mayor de edad, nacido el 9-I-74,
sin antecedentes penales, privada de libertad desde el 3 de febrero del 2000, cuñada de Millán, 949 comprimidos y varios trozos de MDMA, vulgarmente conocido como éxtasis, con un peso de 277,040 gr., y una pureza aproximada de 16% MDMA; 21% MDMA, respectivamente, y un valor en el mercado ilícito que asciende a 1.854.449 ptas., sustancia que los procesados transportaron por vía aérea desde Barcelona -a donde se habían trasladado sobre las 16 hora