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AP Ourense, Sec. 2.ª, 80/2016, de 9 de marzo. Recurso 96/2016

Ponente: MARIA DE LOS ANGELES LAMAS MENDEZ
SP/SENT/850558
Gestión Documental
 Constando que la medición de Google Maps era de 432 metros y la prohibición de acercamiento de 500, sin que los agentes concretasen cómo lo midieron y sin saber el margen de error del sistema, procede la absolución por aplicación del in dubio pro reo
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ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO. En el procedimiento de referencia se dictó la sentencia de 10.12.2015 , cuyo fallo es del tenor literal siguiente:
"Que debo condenar y condeno al acusado, D. Luciano , como autor penalmente responsable de quebrantamiento de medida cautelar, ya definido, no concurriendo circunstancias modificativas de la responsabilidad criminal, a la pena de 8 meses de prisión e inhabilitación especial para el ejercicio del derecho de sufragio pasivo durante el tiempo de la condena, así como al pago de las costas procesales "
Rezando así los hechos probados de la sentencia apelada:
"El acusado, D. Luciano , mayor de edad y sin antecedentes penales no apreciables a los efectos de esta causa, pese a ser pleno conocedor de que por sentencia de 25/04/2012 se le había impuesto la prohibición en el ámbito de las diligencias urgentes 1777/2012 de acercarse a su ex pareja sentimental Dª Nicolasa a menos de 200 metros de su domicilio o lugar de trabajo así como la de comunicar con ella por cualquier medio o procedimiento, posteriormente ampliada dicha pena a 500 metros de distancia como medida cautelar en el ámbito de las diligencias urgentes 3136/2012, instruidas por el Juzgado de Instrucción nº 3 por delito de quebrantamiento de condena y adoptada tal ampliación por auto de fecha 04/08/2012 , se trasladó en noviembre de 2012 desde su anterior domicilio sito en la AVENIDA000 a la CALLE000 , nº NUM000 , sita a menos d
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