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AP Asturias, Oviedo, Sec. 3.ª, 131/2016, de 29 de marzo. Recurso 319/2016

Ponente: ANA MARIA PILAR ALVAREZ RODRIGUEZ
SP/SENT/853186
Gestión Documental
 El acusado no comete el delito de quebrantamiento de condena por publicar en Twitter expresiones que se refieren a la víctima, puesto que este la bloqueó al conocer la prohibición de comunicación, por lo que ella no podía acceder a esos tuits
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ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO.- Por el Juzgado de lo Penal Nº 1 de Langreo se dictó sentencia en las referidas diligencias de fecha 23 de febrero de 2016 , cuya parte dispositiva dice:
FALLO: "Que CONDENO a Horacio , como autor responsable de un delito de QUEBRANTAMIENTO DE CONDENA, a la pena de SEIS MESES DE PRISION, con la accesoria de inhabilitación especial para el derecho de sufragio pasivo durante el tiempo de la condena, y abono de la mitad de las costas.
QUE ABSUELVO A Horacio DEL DELITO DE AMENAZAS DE QUE VENIA SIENDO ACUSADO, declarando ser de oficio la mitad de las costas.
Se deja sin efecto la medida cautelar adoptada por auto de fecha 19 de enero de 2016, Fs. 62 y ss y hágase saber tal circunstancia a la denunciante".
SEGUNDO .- Contra dicha sentencia se interpuso por la representación del condenado recurso de apelación, del que se dio traslado al Ministerio Fiscal y remitido el asunto a esta Audiencia y repartido a esta Sección Tercera, se registró con el Rollo de Apelación nº 319/16, pasando para resolver al Ponente que expresa el parecer de la Sala.
TERCERO.- Se aceptan los antecedentes de hecho de la sentencia apelada excepto la declaración de HECHOS PROBADOS que se sustituye por los siguientes:
El día 14 de enero de 2016, Horacio , mayor de edad y con antecedentes penales, compareció a juicio como acusado de un delito
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