CARGANDO...

Nuevas Tecnologías

AN, Sala de lo Penal, Sec. 1.ª, 33/2016, de 17 de noviembre. Recurso 9/2016

Ponente: NICOLAS POVEDA PEÑAS
SP/SENT/882957
Gestión Documental
 Los tuits y retuits publicados por el acusado no generan un riesgo para el bien jurídico protegido, por lo que procede su absolución del delito de enaltecimiento del terrorismo
No tiene permisos para ver el contenido de los extractos
ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO.- Con fecha 1 de Agosto de 2.014, se recibió en el Juzgado Central de Instrucción Decano de esta Audiencia Nacional, oficio acompañando diligencias practicadas por la Guardia Civil cuenta de hechos que pudieran constituir la comisión de un delito, interesando la practica de diligencias de investigación.
Realizado el correspondiente reparto, por auto de 14 de Agosto de el Juzgado Central de Instrucción num. 3, acordó la incoación de las Diligencias Previas num. 075/2014, acordándose asimismo en dicha resolución dar cuenta al Ministerio Fiscal y la practica de diversas diligencias.
SEGUNDO.- Practicadas las diligencias interesadas y averiguada la identidad del presunto autor de los hechos, el Ministerio Fiscal informa en 20 de Octubre de 2.015, interesando la práctica de posteriores diligencias.
TERCERO.- Con fecha 21 de Enero de 2.016 se dio traslado al Ministerio Fiscal, a fin de que informara sobre la práctica de diligencias, o procedimiento a seguir.
Por el Ministerio Fiscal se emitió informe interesando la incoación de Procedimiento Abreviado contra el imputado Damaso como presunto autor de un posible delito de enaltecimiento del terrorismo.
CUARTO.- Con fecha 5 de Febrero de 2.016, se dictó auto por el Juzgado Central de Instrucción num. 6, en el que estableciendo un relato de hechos imputables se acordó el trámite de Procedimiento Abreviado
También puedes adquirir este documento o suscribirte para acceder a todos los contenidos