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TS, Sala Segunda, de lo Penal, 216/2017, de 29 de marzo. Recurso 2068/2016

Ponente: FRANCISCO MONTERDE FERRER
SP/SENT/894932
Gestión Documental
 Las publicaciones de Facebook del acusado relacionadas con organizaciones yihaidistas no tenían la finalidad de ensalzar sus actos, al tener en cuenta el indudable carácter humorísitico
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ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO.- El Juzgado Central de Instrucción nº 1, incoó Procedimiento Abreviado con el nº 104/2015 en cuya causa la Sección 2ª de la Sala Penal de la Audiencia Nacional, tras celebrar juicio oral y público, dictó sentencia el 11 de Octubre de 2016 , que contenía el siguiente Fallo: "Que debemos absolver y absolvemos a Jacinto del delito por el que venía siendo acusado por el MINISTERIO FISCAL en esta causa, con declaración de oficio de las costas procesales. Acordamos el alzamiento de cuantas medidas cautelares existan contra Jacinto en el presente procedimiento. Notifíquese la presente sentencia a las partes, haciéndoles saber que no es firme, ya que contra la misma puede interponer recurso de casación para ante la Sala segunda del Tribunal Supremo en el plazo de cinco días a contar desde el siguiente al de la última notificación practicada de la presente resolución."
SEGUNDO.- En la citada sentencia se declararon probados los siguientes Hechos : " ÚNICO.- El acusado Jacinto , ex militar profesional, gestionaba como titular y usuario el perfil en la Red Social Facebook " Jacinto ( DIRECCION000 )", cuya URL de conexión era " DIRECCION001 ", con ID NUM000 , perfil en el que, a través de la página web alojada en la dirección de Internet " www.facebook.com ", venía manteniendo desde su creación hasta su detención el día 11 de agosto 2015, a través de dispositivos informáticos intervenidos en el establecimiento comercial que regentaba denomina
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