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Extranjería

TS, Sala Segunda, de lo Penal, de 20 de mayo de 2013. Recurso 20162/2013

Ponente: MIGUEL COLMENERO MENENDEZ DE LUARCA
SP/AUTRJ/722690
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 La explotación sufrida por la víctima y denunciante no puede ser merecedora del delito del artículo 177 bis del CP al no probarse que la misma sea consecuencia de haber entrado ilegalmente en España
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ANTECEDENTES DE HECHO
Primero.- Por el Procurador Don Domingo Collado Molinero, en representación del penado Reyes , mediante escrito dirigido a esta Sala Segunda del Tribunal Supremo, en fecha 12/03/2013, solicitó la autorización para interponer recurso de revisión contra la Sentencia nº 25/13, dictada el 18 de Enero de 2.013 por el Juzgado de lo Penal nº 1 de Algeciras , en causa penal de procedimiento Abreviado número 444/2012, que condenó a la acusada Reyes como autora penalmente respnosable de un delito de coacciones del artículo 172.1º del Código Penal , sin la concurrencia de circunstancias modificativas de la responsabilidad criminal, a quien impone la pena de prisión de nueve meses y doce días con la accesoria de inhabilitación especial para el derecho de sufragio pasivo durante el tiempo de la condena. Imponiendo las costas procesales a la condena. Acordándose la libertad de la antes mencionada por esta causa y su puesta a disposición del Grupo de Extranjeros de la Policía Nacional con motivo del expediente en el que se acordó su devolución.
Segundo.- El Ministerio Fiscal en el trámite preceptivo alegó lo siguiente:
"I.- La representación de Reyes solicita autorización para interponer recurso de revisión alegando que, después de dictarse sentencia penal condenatoria contra su patrocinada, ha sobrevenido el conocimiento de nuevos hechos que evidencian su inocencia.
La citada, natural de Nigeria, fue condenada, en sentencia
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