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Extranjería

TS, Sala Segunda, de lo Penal, 786/2016, de 20 de octubre. Recurso 10052/2016

Ponente: PERFECTO AGUSTIN ANDRES IBAÑEZ
SP/SENT/875199
Gestión Documental
 Del conjunto de las testificales se confirma la comisión del delito de prostitución que la acusada obligó a practicas a las víctimas
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 Los acusados también cometieron el delito de trata de seres humanos, al quedar probado que mediante engaño trajeron a las víctimas a nuestro país para ejercer la prostitución de forma obligada
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 Tal como afirman los acusados y el Fiscal, se ha aplicado indebidamente el artículo 77 CP, que castiga por separado los delitos imputados, y que perjudica a los mismos, lo que hace apreciable el concurso medial solicitado
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ANTECEDENTES DE HECHO
1 .- El Juzgado de Instrucción número 37 de Madrid, incoo Diligencias Previas Procedimiento Abreviado con el número 2471/2014, por delitos de estafa y falsedad documental contra los acusados Ana y Ismael , y concluso lo remitió a la Audiencia Provincial de Madrid cuya Sección Quince, dictó en el Rollo de Sala nº 1190/2015, sentencia en fecha 30 de noviembre de 2015 , con los siguientes hechos probados:
""Los acusados Ismael y Ana , ciudadanos rumanos, mayores de edad y sin antecedentes penales, que convivían en la calle TRAVESIA000 nº NUM000 , NUM000 de Madrid puestos de acuerdo en obtener beneficios económicos a través del ejercicio, por mujeres de su misma nacionalidad, de la prostitución en España, llevaron a cabo lo que, a continuación se expone:
A) En marzo de 2013, la acusada contactó con la testigo protegida número NUM001 (a la que en adelante aludirá con el nombre ficticio de Montserrat ), de nacionalidad rumana, con 23 arios de edad en ese momento, y le ofreció ayuda para que pudiera desplazarse desde Rumania a Esparta a fin de trabajar en un bar como camarera, a lo que Montserrat accedió. Tras enviarle los acusados el billete de avión y dinero para los gastos del viaje, Montserrat llegó a principios de abril de 2013, procedentes de Bucarest, al aeropuerto de Madrid-Barajas, donde la estaban esperando aquellos: quienes acto seguido la trasladaron a la mencionada vivienda de la TRAVESIA000 . Al día siguiente, el acusado compró r
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