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 Legislación

SP/LEG/38049

REAL DECRETO-LEY 14/2022, de 1 de agosto, de medidas de sostenibilidad económica en el ámbito del transporte, en materia de becas y ayudas al estudio, así como de medidas de ahorro, eficiencia energética y de reducción de la dependencia energética del gas natural

órgano emisor: JEFATURA DEL ESTADO

publicación: B.O.E. num. 184 - 02/08/2022

entrada en vigor: 02/08/2022

El presente Real Decreto-ley se convalida por Resolución de de 25 de agosto de 2022, del Congreso de los Diputados (BOE n.º 208, de 30 de agosto de 2022).
Nota vigencia: el presente real decreto-ley entrará en vigor el mismo día de su publicación en el «Boletín Oficial del Estado».
Excepciones:
- Las obligaciones de los apartados uno y cuatro del artículo 29 entrarán en vigor a los siete días naturales desde el día siguiente al de la publicación de este real decreto-ley y tendrán vigencia hasta el 1 de noviembre de 2023.
- Las obligaciones del apartado dos del artículo 29 entrará en vigor tras un mes desde el día de la publicación de este real decreto-ley y tendrán vigencia hasta el 1 de noviembre de 2023.
- Las obligaciones del apartado tres del artículo 29 deberán cumplirse antes del 30 de septiembre de 2022.
- La disposición final décima entrará en vigor el 1 de enero de 2023.

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