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SP/DOCT/20885

Artículo Monográfico. Abril 2016

Proceso concursal: La liquidación

Manuel Díaz Martínez. Catedrático (acreditado) de Derecho procesal de la UNED
Gestión Documental
I. ¿Qué es y para qué sirve la liquidación?
La liquidación en el concurso de acreedores, que viene a refundir la tradicional quiebra mercantil y el concurso de acreedores civil, se configura como una solución alternativa a la de convenio, situada al mismo nivel o tratamiento que este, a la que puede optar el deudor en cualquier momento, si bien, cuando su apertura tiene lugar de oficio o a solicitud de los acreedores, se configura como una solución excepcional, que solo opera cuando no se alcance o se frustre la ejecución de un convenio.
La fase de liquidación tiene por objeto, como su propio nombre indica, la realización de los bienes y derechos integrados en la masa activa del concurso para, con el producto obtenido, proceder a su distribución entre los acreedores por el orden de preferencia establecido legalmente.
Ahora bien, junto con el interés principal consistente en obtener la satisfacción más adecuada de los acreedores, coexisten, en la fase de liquidación del patrimonio del deudor, otros intereses dignos de protección, tales como la continuidad de la empresa y el mantenimiento de los puestos de trabajo en las mejores condiciones posibles, los cuales habrán de ser tenidos también en consideración durante el procedimiento de enajenación -->