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SP/DOCT/21300

Artículo Monográfico. Marzo 2016

Homicidio y sus formas: Comentario del artículo 142 del Código Penal

José Antonio Martín-Caro Sánchez. Fiscal (jubilado)
Gestión Documental
Vigencias anteriores
· Texto en vigor hasta el 1-7-2015:
"1. El que por imprudencia grave causare la muerte de otro, será castigado, como reo de homicidio imprudente, con la pena de prisión de uno a cuatro años.
2. Cuando el homicidio imprudente sea cometido utilizando un vehículo a motor, un ciclomotor o un arma de fuego, se impondrá asimismo, y respectivamente, la pena de privación del derecho a conducir vehículos a motor y ciclomotores o la privación del derecho a la tenencia y porte de armas, de uno a seis años.
3. Cuando el homicidio fuere cometido por imprudencia profesional se impondrá además la pena de inhabilitación especial para el ejercicio de la profesión, oficio o cargo por un período de tres a seis años".
Concordancias
· Véanse las Concordancias al art. 138.
· CP. Arts. 5; 10; 12 y 14.1 (Recogen las normas generales sobre imprudencia).
· Ley 209/1964, de 24 de diciembre, Penal y Procesal de Navegación Aérea. Art. 65 (En un esquema similar al que tenía el art. 565 CP de 1973, sanciona al que ejecuta un hecho que "si mediare malicia constituiría delito" cuando es por imprevisión, imprudencia o impericia graves, o por simple imprudencia con infracción de reglamentos, siendo objeto de tratamiento específico la muerte o lesiones graves a consecuencia de impericia o negligencia profesional).
· RDLeg. 339/1990, de 2 de marzo, por el que se aprueba el Texto Articulado de la Ley sobre Tráfico, Circulación de Vehículos a Motor y Seguridad Vial.
· RD 1428/2003, de 21 de noviembre, por el que se aprueba el Reglamento General de Circulación, para la aplicación y desarrollo del Texto Articulado de la Ley sobre Tráfico, Circulación de Vehículos a Motor y Seguridad Vial, antes citado.
· RD 818/2009, de 8 de mayo, por el que se aprueba el Reglamento General de Conductores.
· RD 2822/1998, de 23 de diciembre, por el que se aprueba el Reglamento General de Vehículos.
· RDLeg. 8/2004, de 29 de octubre, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley de Responsabilidad Civil y Seguro de la Circulación de Veh