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SP/DOCT/21534

Artículo Monográfico. Marzo 2016

Delitos relativos a la ordenación del territorio y el urbanismo, la protección del patrimonio histórico y el medio ambiente: Disposiciones comunes: Comentario del artículo 339 del Código Penal

María Teresa Del Caso Jiménez. Magistrada. Letrada del Gabinete Técnico del Tribunal Supremo. Doctora en Derecho
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Vigencias anteriores
· Precepto redactado por LO 5/2010, de 22 de junio, con entrada en vigor el 23 de diciembre de 2010, estableciendo que los órganos judiciales adoptarán en todo caso las citadas medidas, suprimiendo el carácter facultativo de la redacción anterior (texto en vigor hasta el 23-12-2010): "Los Jueces o Tribunales, motivadamente, podrán ordenar la adopción, a cargo del autor del hecho, de medidas encaminadas a restaurar el equilibrio ecológico perturbado, así como adoptar cualquier otra medida cautelar necesaria para la protección de los bienes tutelados en este Título".
Concordancias
· CP. Art. 129 (Consecuencias accesorias).
Jurisprudencia
SAP Cádiz 44/2002, de 17 de junio: Condena al acusado de un delito contra la alteración del medio ambiente, pues, mediante la ejecución de una presa de tierra sin autorización, contraviniendo las leyes y otras disposiciones de carácter general protectoras del medio ambiente, realizó excavaciones en el suelo y subsuelo, distrayendo aguas terrestres o subterráneas de un arroyo catalogado como de dominio público para su uso particular, perjudicando gravemente el equilibrio de los sistemas naturales de cierto parque natural, espacio protegido de forma especial. A ello ha de sumarse el grave peligro que el impacto supone para el medio ambiente general y, sobre todo, a la zona protegida con el plus de peligro añadido que implica el derivado de la posible rotura de la presa ejecutada sin el más mínimo control técnico con la consiguiente inundación.
SAP A Coruña 10/2000, de 2 de mayo: En orden a la responsabilidad civil y, conforme a lo establecido en el art. 339 del Código Penal, se condena al acusado a asumir los trabajos de recuperación del acuífero contaminado de acuerdo con la metodología y técnicas que figuran en el proyecto elaborado por determinada empresa, y bajo la supervisión de la Consejería de Medio Ambiente o, en su caso, indemnice a este organismo en la cantidad que se fija en la sentencia para proceder a las labores de descontaminación y rehabilitación.
STS 1577/2003, de 24 de noviembre: Es correcta la aplicación del art. 339 CP de 1995