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SP/DOCT/21561

Artículo Monográfico. Marzo 2016

Delitos contra la salud pública: Comentario del artículo 362 ter del Código Penal

Julián Sánchez Melgar. Magistrado de la Sala 2.ª del Tribunal Supremo. Doctor en Derecho
Gestión Documental
Concordancias
· CP. Art. 26.
· Véanse las Concordancias al art. 362.
Comentario
Este precepto es uno más de los de la serie del art. 362 incorporados por el legislador mediante la LO 1/2015, de 30 de marzo. Aquí la conducta está referida a una cláusula participativa en los delitos comprendidos en tal precepto, el art. 362, por cuanto se refiere a que tales conductas han de ser efectuadas "para cometer o facilitar la comisión de uno de los delitos del artículo 362", y tales comportamientos son documentalmente falsarios, pues ha de elaborarse cualquier documento falso o de contenido mendaz referido a los medicamentos y otros productos sanitarios expresados en tal precepto, incluido su envase, etiquetado y modo de empleo (entendemos referido a normas que se reseñan en los medicamentos sobre su forma de administración). Naturalmente, el concepto de documento que se acuña en el art. 26 CP nos será de utilidad para su interpretación.