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SP/DOCT/21624

Artículo Monográfico. Marzo 2016

Infidelidad en la custodia de documentos y de la violación de secretos: Comentario del artículo 416 del Código Penal

Juan Jacinto García Pérez. Magistrado de la Audiencia Provincial de Salamanca
Gestión Documental
Vigencias anteriores
· CP de 1973. Art. 366.
Concordancias
· Ley 10/1995, de 24 de abril, por la que se modifica la Ley 50/1981, de 30 de diciembre, por la que se regula el Estatuto Orgánico del Ministerio Fiscal y se crea la Fiscalía Especial para la Represión de los Delitos Económicos relacionados con la Corrupción.
· Ley 9/1968, de 5 de abril, sobre Secretos Oficiales, modificada por la Ley 48/1978, de 7 de octubre. Art. 13.
Comentario
Al castigar este artículo a los particulares encargados accidentalmente del despacho o custodia de documentos, por comisión de las autoridades o funcionarios a que alude, que ejecuten cualesquiera de las dinámicas comisivas de los tres artículos anteriores, a excepción de la del apartado segundo del art. 414, el legislador está extendiendo el campo de aplicación del delito de infidelidad en la custodia de documentos.
Quiere decirse que el despacho o custodia de los documentos se puede tener por cargo (funcionarios) o por encargo (particulares). En este último caso se produce una asimilación del particular al funcionario, convirtiéndose así, a estos efectos, en funcionario de hecho.
Jurisprudencia
La STS de 30 de marzo de 1996 recoge la doctrina según la cual el art. 416 del Código Penal extiende la responsabilidad también a los particulares que están encargados accidentalmente del despacho y custodia de documentos, tanto si esta labor la realizan de manera autónoma como si se trata de una concesión de la Administración. Dicha Sentencia contempla el caso de un abogado que tuvo en su poder, ocultándola, una causa penal seguida contra su hija durante más de cinco años.
Se han considerado, asimismo, supuestos típicos los casos de los particulares contratados por Correos (encargo meramente accidental) para efectuar el reparto de paquetes y correspondencia; aparte de los de los abogados y procuradores, respecto de las actuaciones judiciales de las que se les da traslado o confía su diligenciamiento; conductas más propias de los delitos contra la Administración de Justicia (SSTS de 15 de marzo de 1977 y de 27 de febrero de 1985).
La SAP Lleida, Sección 1.ª, de 21 de enero de 1998 absuelve por falta de pruebas a unos acusados por un delito de infidelidad en la custodia de documentos de este artículo, y a los que se les imputaba el que habían manipulado unas actuaciones judiciales, de las que formaban parte los folios desaparecidos y posteriormente recuperados.