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SP/DOCT/21811

Artículo Monográfico. Marzo 2016

Delitos que comprometen la paz o la independencia del Estado: Comentario del artículo 589 del Código Penal

Eduardo de Urbano Castrillo. Magistrado de la Sección 2.ª de la Audiencia Provincial de Madrid. Doctor en Derecho
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El que publicare o ejecutare en España cualquier orden, disposición o documento de un Gobierno extranjero que atente contra la independencia o seguridad del Estado, se oponga a la observancia de sus Leyes o provoque su incumplimiento, será castigado con la pena de prisión de uno a tres años.
Vigencias anteriores
· Se contenía, con ligeras diferencias, en el art. 126 CP de 1973, del que pasó, con la redacción actual, al CP de 1995.
Concordancias
· CE. Arts. 1 y 2 (Establecen la unidad de la nación española y que su soberanía reside en el pueblo español).
· CP. Arts. 26 (Concepto penal de documento) y 616 (Penas de inhabilitación, complementarias a las señaladas en el presente artículo, para los autores del delito).
Comentario
Primero de los delitos contra la paz o independencia del Estado, consistente en publicar o ejecutar órdenes, disposiciones o documentos de Gobiernos extranjeros. Se le conoce en la doctrina con el nombre de "colaboracionismo".