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SP/DOCT/21824

Artículo Monográfico. Marzo 2016

Descubrimiento y revelación de secretos e informaciones relativos a la Defensa Nacional: Comentario del artículo 602 del Código Penal

Eduardo de Urbano Castrillo. Magistrado de la Sección 2.ª de la Audiencia Provincial de Madrid. Doctor en Derecho
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Vigencias anteriores
· La derogación de los arts. 84 a 90 de la Ley de Energía Nuclear de 29 de abril de 1964, realizada por la Disposición Derogatoria Única f) de la LO 10/1995, de Reforma del CP de 1973, se acompañó de la introducción en el CP de 1995 del presente artículo.
Concordancias
· CP. Arts. 277 (Divulgación de patentes que afecten a la defensa nacional); 341 a 345 (Supuestos de riesgos catastróficos relacionados con la energía nuclear y radiaciones ionizantes); 417 (Revelación de secretos); 584 (Delito de traición en su modalidad de difusión de información que pueda afectar a la defensa nacional); 599 (Supuestos agravados); 615 y 616 (Normas comunes en esta materia).
Comentario
Difusión de información secreta relacionada con la energía nuclear
La peligrosidad de la energía nuclear ha ido estrechando el cerco de su tutela penal a fin de realizar una punición integral de los ataques a la misma. Y así, junto con la Sección 1.ª del Capítulo I del Título XVII, arts. 341 a 345, que se ocupa de la seguridad colectiva, en cuanto a los riesgos que su manipulación indebida supone, se incluye ahora un precepto conectado a los intereses de la defensa nacional, en relación con la difusión de información sobre esta materia. El art. 8.4 CP es el medio de resolver la concurrencia de leyes en un supuesto concreto, que pudiera plantearse sobre esta cuestión.