CARGANDO...
SP/DOCT/22188

Artículo Monográfico. Septiembre 2016

Responsabilidad penal de las personas jurídicas: delitos contra la Hacienda Pública y la Seguridad Social (arts. 305 a 310 CP)

Antonio Alarcón Garrido. Abogado y Graduado Social. Socio Fundador del Despacho de Abogados Alarcón y Asociados y Responsable del Departamento Jurídico de Grupo JURIDESP
Gestión Documental
I. Fundamento de la reforma de estos delitos
La crisis económica ha hecho que el legislador adopte medidas orientadas a sancionar más fuertemente el fraude contra la Seguridad Social y la Hacienda Pública, con el objetivo de mantener la sostenibilidad del sistema del Estado Social, el cual se considera seriamente en peligro. La ultimación de la reforma del CP de 2015 proviene de la aprobación de un plan de lucha que el Gobierno puso en marcha a partir del año 2012 para mejorar la eficacia de los instrumentos de control de los ingresos y el gasto público, y atendiendo a las nuevas y evolucionadas prácticas delictivas que ponen en peligro la estabilidad presupuestaria.
Debido a la situación de crisis expuesta, y siguiendo el mandato constitucional (art. 31 CE), que establece "que todos contribuirán al sostenimiento de los gastos públicos mediante un sistema tributario justo", se legisla sobre los delitos contra la Hacienda Pública con la finalidad de proteger no solo el erario público, sino también a toda la política económica y social con incidencia sobre el ahorro, la inversión y la distribución de la renta nacional, entre otros bienes jurídicos. Una de las novedades introducidas en la reforma del CP de 2105, entre otras, es la incorporación del fraude tributario comunitario.
En igual sentido, se reforman los delitos en el ámbito de la Seguridad Social, ofreciendo una respuesta contundente frente al fraude a la Seguridad Social en sus dos aspectos: recaudatorio y