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TS, Sala Cuarta, de lo Social, de 3 de octubre de 2007. Recurso 2451/2006

Ponente: MILAGROS CALVO IBARLUCEA
SP/SENT/148227
Gestión Documental
 El derecho a la reparación integra de los daños derivados de un accidente de trabajo supone no tener que deducir las prestaciones de la Seguridad Social de la indemnización
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 Las cantidades percibidas en lo civil y en lo social deberían computarse para fijar el quantum indemnizatorio total
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 Corrección al alza de la indemnización determinada por los baremos de tráfico al establecerse la culpabilidad por falta de medidas de seguridad
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ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO.- Con fecha 22 de abril de 2004 el Juzgado de lo Social núm. Nueve de Barcelona dictó sentencia en la que se declararon probados los siguientes hechos: "1º) El actor D. Juan Pedro , con fecha de nacimiento 01-01-55 y con N.I.E. NUM000 , trabajaba para la empresa Rember Fachadas, S.A. con una antigüedad desde 03-11-98, con la categoría de Oficial 1ª de la construcción, y un salario de 1.871,61 euros mensuales, incluida la parte proporcional de pagas extras. 2º) La empresa REMBER FACHADAS, S.A. tenía en la fecha del accidente cubierto el riesgo de responsabilidad civil con la empresa BANCO VITALICIO DE ESPAÑA, Cía. Anónima Seguros y Reaseguros. 3º) El actor en fecha 30-04-02 se encontraba realizando su trabajo habitual en la obra de restauración de la fachada del edificio de viviendas sito en C/ Viladomat 184-186, de Barcelona, en concreto realizaba el "alistado" de la cornisa de la fachada, a la altura de la primera planta, sobre la plataforma de trabajo de un andamio metálico tubular, constituida por dos tablones de madera de unos 30 cms. de anchura, y situada a una altura aproximada de 4 metros desde el nivel del suelo. El actor utilizaba un arnés de seguridad que llevaba puesto en el momento del accidente, el cual se hallaba sujeto al tramo de la estructura del andamio sobre el que trabajaba; no obstante lo anterior, cuando al acabar uno de los laterales, y con la finalidad de trabajar en la parte frontal de la fachada, se dispuso a pasar al otro tramo del andamio, formando entre amb