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AP Sevilla, Sec. 6.ª, 186/2010, de 15 de junio. Recurso 2464/2010

Ponente: RAFAEL SARAZA JIMENA
SP/SENT/527340
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 Legitimación tanto del vendedor como del actual adquiriente para solicitar la elevación a escritura pública del anterior contrato de compraventa a los causahabientes del anterior vendedor
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ANTECEDENTES DE HECHO
Se aceptan sustancialmente los de la resolución apelada, cuyo fallo literalmente dice: "Que desestimo la demanda interpuesta por el Procurador Sr. Otero Terrón en nombre y representación de CONSTRUCCIONES AZAGRA, SA, D. Evaristo , D. Jenaro y Dª Gema contra Dª Rebeca , Dª Angelina y Dª Eugenia y declaro no haber lugar a los pronunciamientos interesados, absolviendo a las demandadas de todos los pedimentos que se les formulan y todo ello con expresa condena en costas procesales a la parte actora."
PRIMERO: Notificada a las partes dicha resolución y apelada por el citado litigante, y admitido que le fue dicho recurso en ambos efectos, se elevaron las actuaciones originales a esta Audiencia con los debidos escritos de alegaciones, dándose a la alzada la sustanciación que la Ley previene para los de su clase.
SEGUNDO: Por resolución de fecha 24 de abril de 2010, se señaló la deliberación y votación de este recurso para el día 8 de junio de 2010, quedando las actuaciones pendientes de dictar resolución.
TERCERO: En la sustanciación de la alzada se han observado las prescripciones legales.
VISTOS, siendo Ponente el Iltmo. Sr. DON RAFAEL SARAZÁ JIMENA.
FUNDAMENTOS DE DERECHO
PRIMERO.- Los recurrentes son los demandantes "CONSTRUCCIONES AZAGRA, S.A." (en lo sucesivo, AZAGRA) y D. Evaristo , quien interviene en beneficio de la comunidad hereditaria que integra junto a sus hermanos D. Jenaro y Dª Gema . Estos últimos vendieron en 2006 a AZAGRA la vivienda sita en Camas, c/ DIRECCION000 núm. NUM000 (contrato a los f. 37 y siguientes), la cual había sido a su vez comprada por su padre D. Aurelio , ya fallecido, en 1955 a D. Hugo en base a tres contratos de fechas 15 de enero, 18 de octubre y 5 de diciembre (f. 51 y siguientes). Éste ha muerto, y sus causahabientes son las demandadas Dª Rebeca , Dª Angelina y Dª Eugenia .
La vivienda aparece inscrita en el Registro de la propiedad a nombre de D. Hugo , razón por la cual no ha podido ser inscrita en el Registro de la propiedad por la actual propietaria, AZAGRA.
Los demandantes, hoy recurrentes, han interpuesto la demanda contra las hermanas Eugenia Angelina en solicitud de que se declare "...la validez existencia y eficacia de los contratos privados de compraventa suscritos en documentos en fecha 15 de enero, 18 de octubre y 5 de diciembre de 1955 entre D. Aurelio , en su calidad de comprador, y D. Hugo en su calidad de vendedor, de la casa sita en Camas (Sevilla) DIRECCION000 nº NUM000 , inscrita en el Registro de la Propiedad nº 3 de Sevilla, finca registral nº NUM001 ...se declare la obligación de las codemandadas de otorgar escritura pública de compraventa